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Deducción por donaciones a ONG en 2026: cuánto desgrava y qué certificado necesitas

Imagen de cabecera: ilustración generada con IA; no representa a personas ni proyectos reales de CiENViDAS.

Si estás pensando en donar a una ONG en 2026, conviene conocer tanto la deducción que puede corresponderte como los documentos que necesitarás. La respuesta depende de la entidad receptora, del tipo de aportación y de tu situación fiscal: una colaboración solidaria no tiene automáticamente el mismo tratamiento que cualquier otra.

Esta guía se dirige a particulares que tributan por el IRPF en territorio común en España. Explica el régimen general de la Ley 49/2002 vigente a 23 de septiembre de 2026. Los regímenes forales, las empresas y determinados supuestos especiales requieren una comprobación diferente.

¿Qué donaciones a ONG pueden desgravar?

Para aplicar los porcentajes de esta guía, la donación debe cumplir las condiciones del régimen de mecenazgo y dirigirse a una entidad beneficiaria de ese régimen. No basta con que la organización se presente como ONG o esté inscrita como fundación.

Antes de aportar, pide que te confirmen el tratamiento fiscal de esa colaboración. Como regla general, hablamos de donaciones gratuitas e irrevocables, no del pago de un viaje o de servicios. Existen particularidades legales, por lo que un concepto ambiguo en el justificante merece aclaración antes de incluirlo en la declaración. El marco se recoge en la Ley 49/2002.

Porcentajes generales del IRPF en 2026

80 por ciento hasta 250 euros

El primer tramo de la base de deducción, hasta 250 euros, tiene un porcentaje del 80 %. Ese umbral se refiere al conjunto de donaciones acogidas a esta escala durante el ejercicio: no vuelve a empezar por cada ONG ni por cada transferencia.

40 por ciento sobre el resto y 45 por ciento por recurrencia

Sobre el exceso se aplica, con carácter general, el 40 %. El porcentaje incrementado del 45 % exige donaciones a la misma entidad durante tres ejercicios consecutivos, manteniendo o aumentando el importe de un año al siguiente.

Para valorar la recurrencia de una donación de 2026, hay que comprobar también las de 2024 y 2025: la de 2025 no puede ser inferior a la de 2024, ni la de 2026 inferior a la de 2025. Hacer varios pagos en un mismo año no cumple por sí solo esa condición. Puedes contrastar la regla en el artículo 19 y la explicación de porcentajes de la Agencia Tributaria.

Ejemplos de cálculo sencillos

Los siguientes ejemplos son cálculos orientativos para una donación dineraria a una sola entidad acogida al régimen, sin otras donaciones y con base y cuota suficientes. No representan una devolución garantizada.

  • Si donas 100 euros, el cálculo es 100 × 80 % = 80 euros.
  • Si donas 300 euros sin recurrencia, son 200 euros por el primer tramo más 20 euros por los 50 restantes: 220 euros.
  • Si donas 300 euros y cumples la recurrencia, el segundo tramo es de 22,50 euros: el total asciende a 222,50 euros.
  • Si donas 600 euros sin recurrencia, son 200 + 350 × 40 % = 340 euros.

Una cuota mensual debe convertirse primero en su importe anual. Por ejemplo, doce aportaciones de 25 euros suman 300 euros; no son doce primeros tramos independientes. Si has colaborado con varias entidades, reúne todos los certificados antes de calcular la deducción.

¿Qué debe incluir el certificado fiscal?

El certificado expedido por la entidad permite acreditar la donación. Para una aportación en dinero, comprueba que identifique al donante y a la entidad con sus datos fiscales, recoja fecha e importe, indique el destino de la aportación y mencione el carácter irrevocable y la inclusión de la entidad en el régimen correspondiente.

La Agencia Tributaria detalla los requisitos de acreditación, incluidos los de donaciones no dinerarias. Conserva también los justificantes bancarios, pero no des por hecho que sustituyen el certificado exigido.

Revisa que tu nombre, NIF e importe sean correctos. Si detectas una diferencia, pide a la entidad que la compruebe antes de presentar la declaración. No compartas documentación fiscal en comentarios públicos: utiliza el canal privado que te indiquen.

Apadrinar, donar o hacerse socio

La memoria de CiENViDAS de 2024 explica su colaboración con organizaciones locales y el apoyo al sostenimiento y la escolarización de niñas en India. Es una fuente para conocer su actividad y el sentido de las aportaciones; no sustituye la acreditación fiscal de una donación concreta.

La forma de colaborar responde a preferencias distintas. Puedes querer hacer una aportación puntual, sostener un proyecto de manera periódica o conocer una propuesta de apadrinamiento. La guía sobre diferencias entre apadrinar, donar y ser socio de una ONG ayuda a valorar esas opciones.

En CiENViDAS puedes consultar el programa de apadrinamiento, informarte sobre cómo hacerte socio y conocer la Fundación y su actividad. Antes de aplicar una deducción, confirma el tratamiento de tu aportación y solicita la documentación correspondiente.

También hay formas de contribuir que no consisten en una donación dineraria. Encontrarás ideas en cómo colaborar con una ONG. El tiempo dedicado o el coste de participar en una actividad no se convierten automáticamente en una donación deducible.

Límites y errores frecuentes

La base de esta deducción está sujeta, con carácter general, al límite del 10 % de la base liquidable del ejercicio. No es el 10 % del sueldo ni del importe donado. Existen supuestos específicos, como determinadas actividades prioritarias de mecenazgo, con reglas diferentes. Consulta el límite aplicable explicado por la AEAT.

Evita confundir una deducción con un reembolso automático. Su efecto depende de la declaración completa. Tampoco uses una casilla de una campaña anterior sin comprobar el formulario del ejercicio que estás presentando.

Preguntas frecuentes

Donar en 2026 es lo mismo que la Renta 2025 presentada en 2026

No. Las donaciones realizadas en 2026 corresponden al ejercicio 2026, cuya declaración se presenta normalmente en 2027. La campaña de Renta 2025 presentada en 2026 se refiere a aportaciones de 2025. Las páginas de la AEAT enlazadas explican ese manual anterior; la referencia normativa vigente para esta guía es la ley consultada.

Se aplica el 80 por ciento a toda la donación

Solo al primer tramo de 250 euros de la base conjunta acogida a esta escala. El exceso sigue el porcentaje que corresponda.

Qué hago si no tengo certificado

Solicítalo a la entidad receptora y comprueba tus datos. Si tu aportación fue a CiENViDAS, contacta con la Fundación para consultar tu certificado. Para determinar la deducción concreta de tu declaración, consulta a la AEAT o a un asesor fiscal.

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Voluntarios y niñas de Fundación CiENViDAS en un proyecto de cooperación
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